Será obligatorio el registro de tratamientos veterinarios

30/09/2012
Desde diciembre próximo los productores ganaderos del país que exporten a la Unión Europea (UE) deberán usar obligatoriamente el Libro de Registros de Tratamientos Veterinarios aplicados sobre animales cuyos productos son destinados al consumo humano, según lo estableció esta semana la Resolución 666/2011 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

Asimismo, desde marzo de 2013 la medida alcanzará al resto de las explotaciones pecuarias del país. Su objetivo es que los medicamentos destinados al ganado no alteren la inocuidad de los alimentos. La herramienta permitirá discriminar a los animales según sean aptos o no para faena, de acuerdo con el cumplimiento del período de carencia necesario para eliminar los residuos químicos recibidos en los tratamientos veterinarios. Quedarán exceptuados aquellos productores que tengan registros similares, como avicultores y acopiadores de equinos.

El Libro no tiene un formato preestablecido, pero el Senasa ofrece un modelo de folio disponible en su sitio web, que también puede ser consultado en las oficinas provinciales. Tanto la apertura como el cierre del Libro deberán ser realizadas con intervención de la oficina del Senasa correspondiente a la jurisdicción donde se encuentra el establecimiento.

Para que el uso de medicamentos veterinarios no altere la inocuidad de los alimentos, es necesario que los productores primarios respeten las instrucciones de uso, registren los fármacos aplicados a sus animales y respeten el período de carencia de todos los tratamientos utilizados en su explotación durante el ciclo productivo.

Estas herramientas buscan evitar que los alimentos puedan ser rechazados por los distintos mercados por residuos químicos.

La Nación